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Extensión del confinamiento y cierre de cursos

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SECRETARÍA GENERAL
Dirección General de Incorporación y
Revalidación de Estudios
Subdirección de Incorporación

 

 

 

ASUNTO: Extensión del confinamiento y cierre de cursos.

 

 

A V I S O

 

Directores Técnicos de las Instituciones
con Estudios Incorporados a la UNAM
P r e s e n t e s

 

A raíz de la ampliación de la Jornada Nacional de Distanciamiento, anunciada por el Gobierno federal el pasado 17 de abril, y en la perspectiva de que las decisiones sobre el fin del confinamiento sean “regionalizadas” a partir de la segunda mitad del mes de mayo, esta Dependencia les solicita realizar las gestiones pertinentes para preparar el cierre del periodo lectivo 2019-2020, de conformidad con los calendarios escolares aplicables a los distintos planes de estudio.

 

En estas condiciones, las Instituciones del Sistema Incorporado habrán de prepararse para cerrar sus periodos de evaluación continua y aplicar los exámenes finales ordinarios de primera y/o segunda vueltas.

 

Para ello, podrán adjudicarse los medios de evaluación alternativos a los presenciales que consideren pertinentes. Al respecto, la disposición 61 del Manual de Disposiciones y Procedimientos para el Sistema Incorporado de la UNAM (MDP) abre la posibilidad de que los exámenes se realicen bajo modalidades distintas, de forma que las instituciones podrán optar por instrumentos como los siguientes:

  • Pruebas objetivas (opción múltiple) monitoreadas sobre plataformas en línea, que son los esquemas de evaluación más utilizados en planes a distancia.
  • Exámenes con preguntas a desarrollar, los cuales generalmente operan en los niveles cognitivos de comprensión y aplicación, y a su vez presuponen el apoyo del alumno en sus apuntes y fuentes documentales utilizadas en la materia.
  • Exámenes tipo ensayo (investigación documental), aplicables sobre todo en asignaturas relacionadas con las Humanidades y las Ciencias Sociales.
  • Exámenes orales o tipo entrevista, cuando la naturaleza de los contenidos observados lo permita.
  • Pruebas combinadas y diferidas en el tiempo (por fases o entregas).

 

Debido a sus características, la duración de los instrumentos alternativos de evaluación será distinta de la prevista para los exámenes presenciales. No obstante, las calificaciones deberán ser capturadas en los tiempos programados para ello.

 

Asimismo, de acuerdo con lo señalado en la disposición 81 del MDP, las instituciones deberán conservar los exámenes un mínimo de 90 días, para efectos de conceder el derecho de revisión a los alumnos que lo soliciten, o bien para el conocimiento de la DGIRE, en caso de ser requeridos.

 

Sin otro particular, les envío un saludo fraterno, con la convicción de que regresaremos fortalecidos tras superar este difícil trance.

 

Atentamente
“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU”
Ciudad Universitaria, Cd. Mx., 20 de abril de 2020
La directora

 

Lic. Manola Giral de Lozano

 

MGL/ARO

 

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