DIRECCIÓN GENERAL DE INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS
PROGRAMA DE NIVELACIÓN ACADÉMICA

 

IV. ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDAD DE LAS INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN

4.1 Por parte de la DGIRE:

4.1.1 Autorizar la planta docente, las planeaciones didácticas y las síntesis del programa de estudios de los cursos que presente cada ISI. La CSA efectuará hasta dos revisiones documentales a la planeación didáctica. A partir de la tercera revisión, a la ISI solicitante se le aplicará un pago equivalente a 15 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente (UMA)3 -clave 011-. En caso de no aprobarse la planeación en la tercera revisión, la CSA cancelará el curso.

4.1.2 No procederá la revisión documental por parte de la CSA, de Planeaciones didácticas, Programa de prácticas y Síntesis autorizadas en el 2022, que no contengan los cambios solicitados al docente en las últimas observaciones con las que se autorizó el CNA ese año.

4.1.3 Realizar las respectivas supervisiones al desarrollo a distancia de los cursos.

4.1.4 Generar por sistema las respectivas actas económicas y de exámenes extraordinarios y certificar las calificaciones de las asignaturas que correspondan. No procederán solicitudes de folios para reportar calificación por acta adicional.

4.1.5 Gestionar las encuestas de evaluación, para su aplicación en línea.

4.1.6 La DGIRE se reserva el derecho de autorizar la apertura de los cursos, en función del desempeño y de las condiciones de operación reportadas en ciclos anteriores, tales como la baja o nula demanda de asignaturas por parte del alumnado.


 

3 Circular Núm. DGIR/DG/01/2023 publicada con fecha 13 de enero 2023 en https://www.dgire.unam.mx/webdgire/valor-de-la-uma-2023-para-el-pago-de-cuotas/