En este préstamo, se ofrece a los usuarios la posibilidad de que lleven a domicilio materiales bibliográficos pertenecientes a otras bibliotecas, que no se encuentran en su propia institución.

Para ello se debe establecer un convenio de préstamo interbibliotecario el cual implica reciprocidad, por lo que la biblioteca solicitante estará obligada a ofrecer también su colección a la comunidad de aquélla institución que lo requiera.

En el préstamo interbibliotecario la responsabilidad del cuidado de los materiales recae en la biblioteca solicitante, pues es ella la que avala la solicitud, aunque para nuestra biblioteca sea el usuario sea el destinatario final.

Se recomienda que para seleccionar con cuáles bibliotecas se establecerá este convenio, se tenga en cuenta lo siguiente:

    • la cercanía física con nuestra institución. 
    • que la colección sea de nivel académico afín o superior a nuestros planes de estudio.
    • de preferencia que se trate de institución de gran tamaño para asegurarse de que habrá disponibilidad de materiales. 

Para que los usuarios puedan acceder a los acervos de otras bibliotecas, se deben cumplir ciertos procedimientos previos:

  1. Diseñar el formato que utilizará para el trámite. Como ejemplo se presenta un formato utilizado por la mayoría de las bibliotecas mexicanas y del extranjero.
  2. La biblioteca deberá establecer comunicación escrita con bibliotecas cuyos acervos sean de interés para la propia. Esta comunicación se realiza mediante el documento denominado convenio interbibliotecari, donde la biblioteca que solicita establecer el convenio da a conocer las firmas autorizadas del o los bibliotecarios que pueden firmar las solicitudes, así como el sello de la institución y el reglamento del servicio.
  3. En caso de que la biblioteca prestataria acepte el convenio, deberá a su vez devolver la aceptación reportando sus propias firmas, sellos de biblioteca y reglamento del servicio interbibliotecario.
  4. El bibliotecario o el usuario deben averiguar si alguna biblioteca con la que se tiene convenio cuenta con la obra de interés, preguntando vía telefónica, por e-mail o personalmente, si la obra puede prestarse en interbibliotecario y que la reserve para acudir a recogerla.
  5. El bibliotecario requisita original y 2 copias de la forma de préstamo interbibliotecario, las sella y las firma, y las entrega al usuario.
  6. El usuario acude con las formas al mostrador de préstamo de la biblioteca prestataria a recoger el libro, donde se lo entregan y anotarán en las papeletas la fecha de devolución; la biblioteca conserva el original y entrega las 2 copias al usuario.
  7. De regreso en su institución, el usuario entrega al bibliotecario las 2 copias con fecha de devolución de la obra, para que estén pendientes de recordar al usuario la fecha en que debe devolver el material.
  8. Cuando está por vencer la fecha de devolución (un día antes), el bibliotecario entrega al usuario las copias de las papeletas y le recuerda la fecha en que debe acudir a devolver la obra.
  9. El usuario se presenta en la biblioteca prestataria a devolver el material, donde le sellarán las 2 copias con un sello de "devuelto" o "entregado".
  10. El usuario devuelve las papeletas al bibliotecario de su institución, para el registro estadístico y deslinde de responsabilidades.