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Convocatoria para el Programa de Medias Becas para el ciclo escolar 2019-2020

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SECRETARÍA GENERAL
Dirección General de Incorporación y
Revalidación de Estudios

 

 

 

LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INCORPORACIÓN
Y REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS

C O N V O C A

 

 

ASUNTO: Convocatoria para el Programa
de Medias Becas para el ciclo escolar 2019-2020.

 

 

 

A todas las Instituciones con estudios incorporados a la UNAM del nivel Bachillerato (Preparatoria y CCH) y del nivel Licenciatura, a participar en el Programa de Medias Becas para el año escolar 2019/2020, de conformidad con las siguientes

B  A  S  E  S

  1. Las instituciones interesadas deberán entregar el Anexo 29 del Manual de Disposiciones y Procedimientos para el Sistema Incorporado de la UNAM (Registro al Programa de Medias Becas) en el Departamento de Proyectos y Estudios Académicos de la Subdirección de Incorporación, del 27 de febrero al 5 de marzo de 2019.
  2. El listado de las instituciones autorizadas para participar en este Programa será publicado en el sitio web de la DGIRE a partir del 25 de marzo para nivel licenciatura y del 26 de julio para el nivel bachillerato.
  3. Las instituciones interesadas en realizar difusión adicional sobre su participación en este Programa, deberán hacerlo apegándose a lo establecido en la disposición número 19 incisos j y l del Manual de Disposiciones y Procedimientos para el Sistema Incorporado de la UNAM.
  4. Las instituciones podrán registrar alumnos con media beca siempre y cuando cumplan con el requisito de tener un promedio mínimo de 7 en el nivel educativo inmediato anterior.

 

Generalidades

 

La media beca comprenderá el 50% de los pagos correspondientes a: registro a la UNAM, inscripción y colegiatura del alumno a la ISI por un año lectivo.   En el caso del pago por registro de alumnos ante la UNAM, estarán exentos del 100% en el primer año y, en los subsecuentes, deberán pagar el 50%.

 

La media beca se otorgará por un año escolar. Su renovación será automática, siempre y cuando, el becario: curse el mismo nivel de estudios o carrera; sea alumno regular con un promedio mínimo de 8.0 (ocho) y continúe inscrito en el mismo plan de estudios y en la misma sede de la Institución del Sistema Incorporado de la UNAM. El alumno que no cumpla con estos requisitos deberá cubrir los costos por concepto de registro a la UNAM, inscripción y colegiatura en su totalidad. Sobre este particular, no habrá casos de excepción.

 

Los alumnos que cuenten con media beca no serán considerados como parte del porcentaje de la matrícula de becas completas a que se refiere la disposición 192 del Manual de Disposiciones antes citado.

 

A t e n t a m e n t e,
“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU”
Cd. Universitaria, Cd. Mx., 25 de enero de 2019

 

Lic. Manola Giral de Lozano

MGL/ARO/RMT/aa

 

 

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